Calcule el interés legal neerlandés (wettelijke rente) y el interés comercial legal (handelsrente) sobre reclamaciones vencidas conforme al derecho neerlandés con nuestra calculadora jurídica online gratuita. La herramienta aplica el tipo de interés vigente en cada periodo (el interés legal lo fija el Gobierno neerlandés y el interés comercial se deriva del tipo del BCE), calcula automáticamente el interés compuesto conforme al artículo 6:119(2) del Código Civil neerlandés, y procesa los pagos parciales según las reglas de imputación del artículo 6:44 CCN.
La herramienta también calcula los costes de cobro extrajudicial (buitengerechtelijke incassokosten) conforme al artículo 6:96 CCN, incluidos los intereses sobre esos costes. Admite varias reclamaciones, también para obligaciones recurrentes como el alquiler impagado, y puede generar un calendario de pagos completo con cuotas personalizables y capitalización anual de intereses.
¿Qué es el interés legal neerlandés?
El interés legal (wettelijke rente) es la indemnización que un deudor debe por ministerio de la ley cuando paga tarde una suma de dinero. El interés se devenga durante el tiempo en que el deudor se encuentra en mora (verzuim) en el pago (artículo 6:119 del Código Civil neerlandés). No hace falta haber pactado intereses.
El derecho neerlandés conoce dos tipos. El interés legal ordinario se fija por decreto del Gobierno (artículo 6:120, párrafo 1, del Código Civil neerlandés); el Gobierno ajusta el tipo cuando la evolución de los tipos de mercado lo justifica, normalmente a 1 de enero o a 1 de julio. El interés comercial legal se deriva automáticamente del tipo del Banco Central Europeo (artículo 6:120, párrafo 2, del Código Civil neerlandés). Si el tipo cambia mientras el interés ya se está devengando, a partir de la fecha del cambio se aplica el nuevo tipo.
¿Desde cuándo se devenga el interés legal?
El interés legal se devenga desde el momento en que el deudor incurre en mora. Cómo se produce la mora depende de la situación.
El caso más habitual es una factura impagada con un plazo de pago, por ejemplo “pago en un plazo de 30 días”. Si el deudor no paga dentro de ese plazo, incurre en mora sin necesidad de requerimiento (artículo 6:83, letra a, del Código Civil neerlandés), salvo que resulte que el plazo tenía otra finalidad. El interés legal se devenga entonces desde el día siguiente al vencimiento del plazo.
Si no se ha pactado ningún plazo de pago, el acreedor debe enviar primero un requerimiento de pago (ingebrekestelling): una intimación por escrito que concede un plazo razonable para pagar. La mora solo se produce cuando ese plazo vence sin que se haya pagado. La mora también se produce sin requerimiento cuando se trata de una reclamación de indemnización por acto ilícito o cuando el deudor comunica que no va a pagar (artículo 6:83, letras b y c, del Código Civil neerlandés).
En un contrato comercial
Para un contrato entre empresarios o con una entidad pública rige una regulación propia. El interés comercial legal se devenga por ministerio de la ley desde el día siguiente a la fecha límite de pago pactada (artículo 6:119a, párrafo 1, del Código Civil neerlandés). Si no se ha pactado una fecha límite de pago, el interés se devenga desde los 30 días siguientes al día en que el deudor recibió la factura, o 30 días después de recibir la prestación si la factura llegó antes o si la fecha de recepción no consta (artículo 6:119a, párrafo 2, del Código Civil neerlandés). No es necesario ningún requerimiento.
En principio, los empresarios pueden pactar un plazo de pago de 60 días como máximo. Un plazo más largo solo es posible si se ha pactado expresamente y no es manifiestamente abusivo para el acreedor (artículo 6:119a, párrafo 5, del Código Civil neerlandés). Si una gran empresa paga a un proveedor pyme, un plazo superior a 30 días es nulo (artículo 6:119a, párrafo 6, del Código Civil neerlandés).
¿Cómo se calcula el interés legal?
La fórmula básica es sencilla:
interés = principal × tipo de interés × número de días de mora / 365
En un año bisiesto se divide entre 366. En la práctica, tres elementos complican el cálculo: el tipo cambia cada semestre, al final de cada año completo los intereses se suman al principal y los pagos parciales deben imputarse en un orden fijo. La calculadora de arriba lo hace automáticamente. Los ejemplos siguientes muestran cómo funciona; con los mismos datos, la calculadora da el mismo resultado.
Ejemplo 1: interés legal ordinario
Un consumidor no paga una factura de 5.000 €. La mora empieza el 1 de marzo de 2026; el pago se produce el 1 de septiembre de 2026. Son 184 días al 4 %:
5.000 € × 4 % × 184 / 365 = 100,82 €
Ejemplo 2: interés comercial con un cambio de tipo
Un cliente no paga una factura de 20.000 €. El interés se devenga desde el 1 de enero de 2026 hasta el 1 de octubre de 2026. El 1 de julio de 2026 el interés comercial subió del 10,15 % al 10,40 %, por lo que el periodo se divide:
- Del 1 de enero al 1 de julio de 2026: 20.000 € × 10,15 % × 181 / 365 = 1.006,66 €
- Del 1 de julio al 1 de octubre de 2026: 20.000 € × 10,40 % × 92 / 365 = 524,27 €
Total: 1.530,93 € de interés comercial.
Ejemplo 3: interés sobre interés tras un año completo
Un crédito de 10.000 € es exigible y está en mora desde el 1 de enero de 2024; el pago se produce el 1 de enero de 2026. En 2024 el interés legal era del 7 % y en 2025 del 6 %:
- 2024: 10.000 € × 7 % = 700 €. El 1 de enero de 2025 este importe se suma al principal: el interés sigue devengándose sobre 10.700 €.
- 2025: 10.700 € × 6 % = 642 €.
Total: 1.342 € de intereses, frente a 1.300 € sin capitalización.
Pagos parciales
Si el deudor paga una parte, ese pago se imputa primero a los costes, después a los intereses vencidos y solo después al principal y a los intereses corrientes (artículo 6:44, párrafo 1, del Código Civil neerlandés). Mientras no se hayan pagado los intereses, el principal sobre el que se devengan sigue siendo el mismo. El acreedor puede rechazar un pago en el que el deudor indique otro orden de imputación (artículo 6:44, párrafo 2, del Código Civil neerlandés). Por defecto, la calculadora imputa un pago parcial primero a los intereses sobre los costes de cobro, después a los costes de cobro, a los intereses sobre el principal y por último al principal. Si no desea calcular intereses sobre los costes, marque «Sin intereses sobre los costes».
Interés legal e interés comercial legal: ¿cuál es la diferencia?
El derecho neerlandés conoce dos tipos de interés legal:
- Interés legal ordinario (art. 6:119 CCN): se aplica a las deudas de dinero en general: créditos frente a consumidores, reclamaciones de indemnización, devolución de pagos indebidos y restituciones tras la resolución de un contrato. Desde el 1 de enero de 2026 el tipo es del 4 % anual.
- Interés comercial legal (art. 6:119a CCN): se aplica en un contrato comercial (handelsovereenkomst): un contrato a título oneroso entre empresarios (personas físicas que actúan en el ejercicio de una profesión o actividad empresarial, o personas jurídicas). A los contratos comerciales con el Estado, las provincias, los municipios, los organismos del agua y otras entidades públicas se les aplica la misma regulación (artículo 6:119b del Código Civil neerlandés). Desde el 1 de julio de 2026 el tipo es del 10,40 % anual.
El interés comercial legal se introdujo en aplicación de la directiva europea sobre morosidad (Directiva 2000/35/CE, sustituida por la Directiva 2011/7/UE). Ambos tipos de interés se suman al principal al final de cada año completo (artículo 6:119, párrafo 2, y artículo 6:119a, párrafo 3, del Código Civil neerlandés). No se debe interés comercial si el propio acreedor está en mora o si el retraso no es imputable al deudor (artículo 6:119a, párrafos 7 y 8, del Código Civil neerlandés).
¿Cuál es el interés comercial legal en 2026?
El interés comercial legal es del 10,40 % anual desde el 1 de julio de 2026. Del 1 de enero al 30 de junio de 2026 fue del 10,15 %.
El tipo no lo elige el Gobierno, sino que resulta de la ley: es el tipo que aplicó el Banco Central Europeo en su última operación principal de financiación antes del 1 de enero o del 1 de julio, incrementado en ocho puntos porcentuales (artículo 6:120, párrafo 2, del Código Civil neerlandés). Antes del 1 de julio de 2026, el tipo de las operaciones principales de financiación del BCE era del 2,40 %; 2,40 % más 8 puntos porcentuales da 10,40 %. El tipo se aplica cada vez durante medio año, aunque el BCE modifique su tipo durante ese semestre. Hasta el 16 de marzo de 2013 el recargo era de siete puntos porcentuales.
Interés sobre interés y pactos distintos
El interés legal se calcula como interés compuesto: al final de cada año, los intereses devengados se suman al principal y el interés sigue corriendo sobre el importe mayor (artículo 6:119, párrafo 2, del Código Civil neerlandés; para el interés comercial, artículo 6:119a, párrafo 3, del Código Civil neerlandés). El primer año empieza el día en que el interés comienza a devengarse.
Las partes pueden pactar su propio tipo de interés. Si ese interés contractual es superior al interés legal, tras la mora sigue devengándose el interés pactado en lugar del legal (artículo 6:119, párrafo 3, del Código Civil neerlandés). En un contrato comercial, un interés pactado sustituye al interés comercial legal (artículo 6:119a, párrafo 9, del Código Civil neerlandés).
Todos los tipos de interés desde 1995
La calculadora aplica automáticamente el tipo correcto a cada periodo. A continuación figuran todos los tipos. Si el tipo cambia dentro de un periodo de intereses en curso, a partir de la fecha del cambio se aplica el nuevo tipo.
Interés legal (art. 6:119 CCN)
| Periodo | Tipo |
|---|---|
| desde el 1 de enero de 2026 | 4,00 % |
| del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025 | 6,00 % |
| del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024 | 7,00 % |
| del 1 de julio de 2023 al 31 de diciembre de 2023 | 6,00 % |
| del 1 de enero de 2023 al 30 de junio de 2023 | 4,00 % |
| del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2022 | 2,00 % |
| del 1 de julio de 2012 al 31 de diciembre de 2014 | 3,00 % |
| del 1 de julio de 2011 al 30 de junio de 2012 | 4,00 % |
| del 1 de enero de 2010 al 30 de junio de 2011 | 3,00 % |
| del 1 de julio de 2009 al 31 de diciembre de 2009 | 4,00 % |
| del 1 de enero de 2007 al 30 de junio de 2009 | 6,00 % |
| del 1 de febrero de 2004 al 31 de diciembre de 2006 | 4,00 % |
| del 1 de agosto de 2003 al 31 de enero de 2004 | 5,00 % |
| del 1 de enero de 2002 al 31 de julio de 2003 | 7,00 % |
| del 1 de enero de 2001 al 31 de diciembre de 2001 | 8,00 % |
| del 1 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 2000 | 6,00 % |
| del 1 de julio de 1996 al 31 de diciembre de 1997 | 5,00 % |
| del 1 de enero de 1996 al 30 de junio de 1996 | 7,00 % |
| del 1 de enero de 1995 al 31 de diciembre de 1995 | 8,00 % |
Interés comercial legal (art. 6:119a y 6:119b CCN)
| Periodo | Tipo |
|---|---|
| desde el 1 de julio de 2026 | 10,40 % |
| del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026 | 10,15 % |
| del 1 de enero de 2025 al 30 de junio de 2025 | 11,15 % |
| del 1 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2024 | 12,25 % |
| del 1 de enero de 2024 al 30 de junio de 2024 | 12,50 % |
| del 1 de julio de 2023 al 31 de diciembre de 2023 | 12,00 % |
| del 1 de enero de 2023 al 30 de junio de 2023 | 10,50 % |
| del 1 de julio de 2016 al 31 de diciembre de 2022 | 8,00 % |
| del 1 de enero de 2015 al 30 de junio de 2016 | 8,05 % |
| del 1 de julio de 2014 al 31 de diciembre de 2014 | 8,15 % |
| del 1 de enero de 2014 al 30 de junio de 2014 | 8,25 % |
| del 1 de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2013 | 8,50 % |
| del 16 de marzo de 2013 al 30 de junio de 2013 | 8,75 % |
| del 1 de enero de 2013 al 15 de marzo de 2013 | 7,75 % |
| del 1 de enero de 2012 al 31 de diciembre de 2012 | 8,00 % |
| del 1 de julio de 2011 al 31 de diciembre de 2011 | 8,25 % |
| del 1 de julio de 2009 al 30 de junio de 2011 | 8,00 % |
| del 1 de enero de 2009 al 30 de junio de 2009 | 9,50 % |
| del 1 de julio de 2008 al 31 de diciembre de 2008 | 11,07 % |
| del 1 de enero de 2008 al 30 de junio de 2008 | 11,20 % |
| del 1 de julio de 2007 al 31 de diciembre de 2007 | 11,07 % |
| del 1 de enero de 2007 al 30 de junio de 2007 | 10,58 % |
| del 1 de julio de 2006 al 31 de diciembre de 2006 | 9,83 % |
| del 1 de enero de 2006 al 30 de junio de 2006 | 9,25 % |
| del 1 de julio de 2005 al 31 de diciembre de 2005 | 9,05 % |
| del 1 de enero de 2005 al 30 de junio de 2005 | 9,09 % |
| del 1 de julio de 2004 al 31 de diciembre de 2004 | 9,01 % |
| del 1 de enero de 2004 al 30 de junio de 2004 | 9,02 % |
| del 1 de julio de 2003 al 31 de diciembre de 2003 | 9,10 % |
| del 1 de enero de 2003 al 30 de junio de 2003 | 9,85 % |
| del 1 de diciembre de 2002 al 31 de diciembre de 2002 | 10,35 % |
Fuentes: los decretos de fijación del interés legal publicados en el Staatsblad (interés legal) y el tipo de las operaciones principales de financiación del Banco Central Europeo incrementado con el recargo legal (interés comercial). El Gobierno neerlandés publica el tipo vigente en su página rijksoverheid.nl (en neerlandés).
Costes de cobro extrajudicial en el derecho neerlandés
La base legal de los costes de cobro extrajudicial es el artículo 6:96 del Código Civil neerlandés: los costes razonables para obtener el pago fuera de los tribunales pueden reclamarse como indemnización. Desde el 1 de julio de 2012, el Besluit vergoeding voor buitengerechtelijke incassokosten (decreto sobre la indemnización de los costes de cobro extrajudicial) determina su importe máximo.
Escala legal de los costes de cobro
El decreto contiene una escala con la que se calculan los costes de cobro máximos:
| Principal | Porcentaje |
|---|---|
| Primeros 2.500 € | 15 % (mínimo 40 €) |
| Siguientes 2.500 € (de 2.500 € a 5.000 €) | 10 % |
| Siguientes 5.000 € (de 5.000 € a 10.000 €) | 5 % |
| Siguientes 190.000 € (de 10.000 € a 200.000 €) | 1 % |
| Exceso sobre 200.000 € | 0,5 % |
El máximo de los costes de cobro extrajudicial es de 6.775 €. En un contrato comercial se deben en todo caso 40 €, sin requerimiento, desde el día siguiente a la fecha límite de pago (artículo 6:96, párrafo 4, del Código Civil neerlandés).
Norma imperativa frente a consumidores
Frente a consumidores no puede apartarse de la escala en perjuicio del deudor (artículo 6:96, párrafo 5, del Código Civil neerlandés). Por tanto, una cláusula que atribuya costes de cobro más altos no puede oponerse al consumidor. Entre empresarios, las partes pueden pactar otros importes; a falta de pacto se aplica la escala.
La carta de 14 días
Antes de poder reclamar costes de cobro a un consumidor, el acreedor debe enviarle, una vez producida la mora, un requerimiento por escrito: la carta de 14 días (veertiendagenbrief). En ella se concede al consumidor un plazo de catorce días para pagar, indicando los costes de cobro que se devengarán en caso contrario (artículo 6:96, párrafo 6, del Código Civil neerlandés). El plazo empieza el día siguiente a aquel en que el consumidor recibe la carta. El juez puede partir de que la carta se entregó el segundo día después de su envío, sin contar los domingos, los lunes ni los días festivos oficiales (Hoge Raad, 25 de noviembre de 2016, ECLI:NL:HR:2016:2704). Una carta que describa el plazo de forma incorrecta, por ejemplo “en un plazo de catorce días desde el envío de esta carta”, no es válida.
Intereses sobre los costes de cobro extrajudicial
En cuanto el deudor incurre en mora en el pago de los costes de cobro, también se devenga interés legal sobre esos costes. El tipo es siempre el interés legal ordinario (art. 6:119 CCN), aunque sobre el crédito principal se devengue el interés comercial más alto: los costes de cobro son una reclamación de indemnización y no un pago derivado de un contrato comercial.
En los créditos frente a consumidores, los costes de cobro se deben cuando vence sin pago el plazo de la carta de 14 días; en un contrato comercial, desde el día siguiente a la fecha límite de pago. En la calculadora indique la fecha en que los costes de cobro pasaron a ser exigibles; los intereses correspondientes se calculan entonces automáticamente. Si marca «Sin intereses sobre los costes», la fecha no es necesaria.
Código Civil neerlandés en español: Artículo 6:119 (interés legal por retraso en el pago). Todos los artículos traducidos.