Ir al contenido principal

Herramienta gratuita en línea para calcular el pago de transición (transitievergoeding): la indemnización legal del artículo 7:673 del Código Civil neerlandés, debida en caso de despido, despido colectivo o no renovación de un contrato temporal. Aplica automáticamente el tope 2026 (102.000 EUR o un salario anual si fuera mayor) y el concepto de salario (loonbegrip) del Besluit loonbegrip.


¿Cuándo se tiene derecho a un pago de transición según el derecho neerlandés?

Todo trabajador en los Países Bajos tiene derecho, desde el primer día de trabajo, a un pago de transición cuando el empleador extingue el contrato o no renueva un contrato temporal, con independencia de la duración del contrato, la edad o el puesto. La dimisión voluntaria excluye en principio este derecho, salvo cuando resulta de una conducta gravemente reprochable del empleador.

Pago en despido, despido colectivo o no renovación

La misma fórmula se aplica al despido regular ante el Kantonrechter o el UWV, al despido colectivo y a la no renovación de un contrato temporal. En caso de conducta gravemente reprochable del empleador, el tribunal puede otorgar adicionalmente una indemnización equitativa (billijke vergoeding).

Pago de transición en contratos temporales

Los trabajadores con contrato temporal también tienen derecho a un pago cuando el empleador no renueva el contrato. El derecho se devenga del mismo modo: un tercio de la base salarial mensual por año completo, más prorrata. Incluso contratos de pocos meses generan una indemnización proporcional que muchos empleadores ignoran indebidamente.

Qué no cubre esta calculadora

Esta herramienta calcula exclusivamente el pago legal de transición conforme al artículo 7:673 del Código Civil neerlandés. No incluye: la indemnización equitativa, los incrementos contractuales en un acuerdo de liquidación (vaststellingsovereenkomst), la retención fiscal, las prestaciones de un plan social ni los intereses legales sobre cantidades impagadas. Para una valoración vinculante, consulte a un abogado neerlandés de derecho laboral.

¿Cómo se calcula el pago de transición?

El artículo 7:673, párrafo 2 del Código Civil neerlandés impone una fórmula uniforme: un tercio de la base salarial mensual por año completo de empleo, más prorrata por meses y días restantes. El derecho se devenga desde el primer día de empleo y resulta exigible cuando el empleador extingue el contrato o no renueva un contrato temporal.

La base salarial mensual no se limita al salario base: 8 % de paga de vacaciones, decimotercera paga, bonificaciones fijas, plus de turnos, media de 12 meses de horas extra, valor fiscal del vehículo de empresa y otros componentes fijos (según el Besluit loonbegrip).

El pago está limitado al importe publicado anualmente (102.000 EUR en 2026) o a un salario anual si fuera superior (artículo 7:673, párrafo 2 BW).

Errores frecuentes de los empleadores

Los errores de cálculo más habituales: (1) omisión del 8 % de paga de vacaciones en la base salarial; (2) no considerar bonificaciones fijas o la decimotercera paga (1/12); (3) cálculo incorrecto de los meses completos de empleo; (4) aplicación de la antigua fórmula WWZ (anterior a 2020) a parte de la duración del empleo. Los trabajadores que sospechan una infrapago disponen de un plazo de caducidad estricto de tres meses desde la extinción del contrato para reclamar la diferencia ante el Kantonrechter. Quien deja pasar este plazo pierde el derecho, con independencia del importe.

¿Qué ocurre si el empleador abona el pago de transición con retraso?

El derecho neerlandés no fija una fecha de abono explícita, pero del artículo 6:119 del Código Civil neerlandés se desprende que el empleador debe intereses legales desde un mes después del día en que finaliza el contrato de trabajo. En la práctica, ese plazo de un mes opera por tanto como fecha límite de pago. Si el contrato finaliza el 31 de mayo, los intereses legales corren desde el 1 de julio. Se trata del tipo legal ordinario para transacciones no mercantiles (cuatro por ciento anual desde el 1 de enero de 2026), y no del tipo comercial más alto.

El recargo legal del artículo 7:625 del Código Civil neerlandés (el recargo por mora en el pago del salario) no se aplica al pago de transición. Fiscalmente, el pago de transición se trata como salario, pero no es «salario fijado en dinero» en el sentido de esa disposición. La jurisprudencia neerlandesa rechaza sistemáticamente este recargo respecto del pago de transición.

Para los gastos extrajudiciales de cobranza (BIK) la situación es menos evidente que para una reclamación mercantil ordinaria. El Besluit vergoeding voor buitengerechtelijke incassokosten (decreto sobre gastos extrajudiciales de cobranza) se redactó para transacciones de consumo y mercantiles; la relación empleador-trabajador no encaja en ninguna de las dos. La escala forfaitaria no se aplica, por tanto, de forma automática. Queda la norma general del artículo 6:96, párrafo 2, letra c) del Código Civil neerlandés: los gastos extrajudiciales razonables efectivamente incurridos. En la práctica, la reclamación se tramita mediante solicitud ante el Kantonrechter (juez cantonal) conforme al artículo 7:686a, párrafo 2 del Código Civil neerlandés; los gastos se valoran entonces como costas (honorarios del mandatario o del abogado, más tasas judiciales) y no como BIK forfaitario.

Atención al plazo. Una solicitud ante el Kantonrechter en reclamación del pago de transición está sometida a un plazo de caducidad estricto de tres meses desde la extinción del contrato de trabajo (artículo 7:686a, párrafo 4 del Código Civil neerlandés). El incumplimiento de este plazo extingue el derecho. Los intereses legales pueden seguir devengándose entre tanto, pero ello no restablece la pretensión caducada.

Preguntas frecuentes

Recursos relacionados (derecho laboral neerlandés)

¿Pregunta sobre derecho holandés?  Escríbenos.